Marco Tulio Cicerón Hablando en el Senado de Roma.
La procuración de justicia en México EN NADA CAMBIARÁ en tanto en las propias Constituciones mexicanas, la federal y las estatales:
A).- SUBSISTA como facultad del Poder Ejecutivo (federal y estatales) designar a los Procuradores; y,
B).- CONTINÚE como monopolio del Ministerio Público, la Acción Penal.
¿Cuál és la solución que la descarnada realidad jurídica penal, a lo largo y ancho del Territorio Nacional Mexicano, cotidianamente nos grita?...
Desde el año 2008, de forma exclusiva en el generoso espacio Editorial del Diario “El Universal”, expuse mi opinión, esencialmente centrada en ELIMINAR de las Constituciones (federal y estatales) las DOS anteriores trabas y, CIUDADANIZAR el ejercicio de la Acción Penal en algunos delitos de trscendencia e importancia social y comunitaria.
Con posterioridad, en una TERCERA PARTE de esta charla, la expondré de nuevo en éste Blog.
Para la reflexión sobre el particular, por ahora, transcribo lo qué, ¡desde hace 164 años!, en el año 1845 en Cádiz, doliéndose de lo mismo que ahora padece México, expresó el ilustre Anselmo Petetín:
“…En el ejercicio de acusador público se descubre algo sublime, y aún, me atrevo a decir, religioso; de suerte que no hay que admirarse de que no lo hayan comprendido los individuos que lo ejercen, ni el poder que lo encarga…Nada está más distante del gran pensamiento de donde ha nacido la institución del Ministerio Público, que el modo como se realiza y aplica entre nosotros. Esto dimana, sin duda alguna, de la falsa idea que tienen de su misión los que están encargados de desempeñarla…”.
El Presidente, los gobernadores, los Legislativos y los Medios Nacionales de Comunicación debieran aprovechen la abultada experiencia de los Académicos, Investigadores, Dogmáticos y Litigantes penalistas MEXICANOS en materia de Procuración de Justicia.
No hay ninguna necesidad de COPIAR nada a ningún País, mucho menos que desde ellos nos “instruyan” qué hacer, o fejar de hacer.
En México tenemos nuestra propia realidad, capacidad e identidad….y nos basta con ella para REFORMAR la Institución del Procurador, del Ministerio público y de la Acción Penal;
DESPUÉS…comparémosla con las demás; si se quiere.
Lic. Pedro García Palazuelos.
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