Mostrando las entradas con la etiqueta REFORMAS PENALES. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta REFORMAS PENALES. Mostrar todas las entradas

jueves, 28 de junio de 2012

SÍ EXISTE el FRAUDE electoral CIBERNÉTICO... Aquí está la PRUEBA judicial.


SÍ EXISTE el FRAUDE electoral CIBERNÉTICO... Aquí está la PRUEBA judicial.
Fue CONFESADO ante la Corte, en Estados Unidos, el día 13 de diciembre del año 2004, por el própio creador del Softwer, capaz de declarar GANADOR al candidato QUE SE DESEE...

HAZ "CLICK" sobre la imagen PARA VER el VIDEO...

sábado, 27 de noviembre de 2010

Las reformas en materia “CRIMINAL” (Sic.) del Presidente.

Al apreciar la terminología jurídica con la que se anuncian…las reformas en materia “Criminal” presentadas por el ejecutivo federal, es de sorprender el grado de adulteración del pensamiento del gobernante al aplicar en la redacción de sus iniciativas…el vocablo “criminal”.

Digamos que es la fascinación por lo extranjero, o el desapego con la propia nacionalidad, lo que provoca que hasta en nuestras raíces jurídicas se esté degenerando nuestra identidad nacional.

Que por cierto no es trivialidad ni asunto menor.

Me explico:

El vocablo “criminal” es una transculturización causada por la fascinación que por lo estadounidense, con sus actos y comportares, trasmiten que sienten los actuales gobernantes del ejecutivo federal.

El vocablo “criminal” para identificar el tipo penal pertenece a la jerga jurídica estadounidense, NÓ a la mexicana.

En nuestro derecho punitivo nacional el vocablo es… “Penal”.

Como sucede igualmente con el vocablo “escena del crimen” también copiado de allá, y reiteradamente USADO ahora en las cotidianas expresiones de los funcionarios “mexicanos”.

Tal vocablo, TAMPOCO es jerga mexicana jurídica penal.  

En nuestro derecho procedimental penal nacional mexicano, el vocablo és: “Lugar de los hechos”.

Y, el de “evidencia” que tampoco existe en nuestro derecho, donde el vocablo jurídico és: “Prueba”…

Ahhh, ¡pero ésos complejos!... ¿o acaso sueños de tales funcionarios por tener barras y estrellas?

Desde ahí empieza la debilidad en el carácter y formación que se requiere en nuestros gobernantes.

¿Cómo puedes defender a los tuyos…si te avergüenzas y desdeñas hasta tus raíces jurídicas culturales legales?

lunes, 8 de noviembre de 2010

Deficiencias del Ministerio Público… ¿Por inptitud…o consigna?...

¿Qué clase de Ministerio Público puede ser quien hasta en una investigación tan sensible para los intereses de la propia Presidencia de la República, como lo es el caso “Téllez-Carpinteyro”, tiene la “ocurrencia” de citar a declarar a una persona (la Sra. Carpinteyro) como “Testigo”, pero en su comparecencia la pretende someter a la toma de una prueba grafoscópica, solo propia para INDICIADO?

Solo dos clases de Ministerios Públicos pueden hacer éso: Los ineptos y los corruptos.

Los dos actos procedimentales de investigación penal que perversamente pretendió realizar ése “representante social”, por la naturaleza que de cada uno de ellos contempla la Ley Penal, se excluyen entre sí.

Lo explico…

El TESTIGO SÍ tiene la obligación de declarar por mandato expreso de la Ley Penal; pero NÓ se le puede exigir a que se someta a la práctica de una prueba grafoscópica para investigar alguna presunta implicación en algún delito, puesto que de ser así, entonces se le debe citar NÓ como testigo sino como indiciado.

El INDICIADO NÓ tiene la obligación de declarar por GARANTÍA Constitucional y mandato expreso de la Ley Penal; pero SÍ tiene el deber de someterse a la práctica de una prueba pericial grafoscópica para dilucidar la autenticidad o nó, de algún documento que obre en la indagatoria.

Lo hecho por ése Ministerio Público en el caso Téllez-Carpinteyro, es una de las tantas CAUSAS por las qué, la Procuración de justicia por ineptitud, corrupción o consigna…acusa a inocentes y libera delincuentes.

Y en éstos tipos de asuntos SENSIBLES por ser sus partícipes FUNCIONARIOS PÚBLICOS, siempre queda flotando en la atmosfera social la interrogante que corroe la credulidad ciudadana…

Son ésas graves deficiencias del Ministeri Público… ¿por ineptritud…o por consigna?...

Si es la primera, inevitablemente tal funcionario DEBIERA ser destituido de inmediáto, lo que casi NUNCA ocurre.

Lo anterior así normalmente observado, lleva al ciudadano irremediablemente a tener que asumir la percepción de que entonces, tal "deficiencia" fué SOLO el cumplimiento de la consigna recibida por el Ministerio Público, proveniente de algún superior para, con ella,  dejar ABIERTA la puerta LEGAL al funcionario "indiciado" a fin de que en su defensa, ante EL JUEZ, ALEGUE la  "deficiencia" y obtenga su posterior LIBERTAD, contra la cual, "pronta" la Procuraduría, "protestará" para, hipócritamente, lavarse la cara ante los ciudadanos... 

viernes, 15 de octubre de 2010

LOS ERRORES de gobernantes y periodistas sobre JUSTICIA PENAL.

Existe un enorme desaseo jurídico penal en los análisis y noticias respecto de las investigaciones penales y procesos judiciales en ésta etapa de México en la que casi todo, por nó decir TODO, lo político y gubernamental pasa por las Procuradurías y Tribunales judiciales del país.

Una cosa es PROCURACIÓN (Procuradores y Ministerios Públicos) de justicia y otra muy distinta és, IMPARTICIÓN de Justicia (Jueces, Magistrados, y Ministros de la Corte).

¡Cuántas arengas mediáticas, vergüenzas posteriores y pérdidas del respeto, evitarían los gobernantes si hablaran sobre ellas con propiedad!

¡Cuántas confusiones, desinformación y falsas “percepciónes” se evitaría EL LECTOR, si los periodistas en sus noticias hicieran esa precisión!

Pero NÓ… lo mismo llaman acusado que sentenciado a álguien que apenas es indiciado; que a otro lo tildan públicamente de delincuente cuando apenas es un presunto responsable que la inmensa mayoría de las veces después queda en LIBERTAD por nó haberse acreditado su culpabilidad; etc. etc.

Pero más grave aún resulta escuchar con preocupante frecuencia que el PROPIO Procurador o el Ministerio Público se cobijan tras del juez para “justificar” la consigna, corrupción, o ineptitud en la que ellos mismos incurrieron, motivantes de la LIBERTAD obtenida por el detenido en el proceso.

Y lo inadmisible... Que el propio Presidente del País llame delincuente y CULPABLE a quien apenas acaba de ser detenido.

Ignoran, fingen ignorar o pretender engañar a los ciudadanos al expresar ufanamente que ellos, los procuradores y Ministerios públicos, “solo detienen y consignan” y que es únicamente el JUEZ el responsable de que después el sujeto quede en libertad dentro del proceso.

Simplista y fraudulento “argumento” engañabobos es el anterior pues el Ministerio Público EVADE o pretende evadir, aceptar y admitir que TAMBIEN A ÉL es al único que incumbe el DEBER por mandato Constitucional y legal, de APORTAR AL JUEZ TODAS LAS PRUEBAS que acrediten EL DELITO y la PLENA CULPABILIDAD penal del acusado.

En efecto, es el Ministerio Público Y NADIE MÁS, el único con el DEBER de aportar al JUEZ TODAS las pruebas que ACREDITEN PLENAMENTE el cuerpo del delito, así como TODAS las pruebas que DEMUESTREN ante el juez LA PLENA RESPONSABILIDAD PENAL de ése detenido acusado, a quien el ministerio público le IMPUTE haber cometido el delito que le reclama.

Lo anterior nó es un capricho del Juez; tampoco un juego de palabras y mucho menos un asunto político, trivial o menor.

ÉS, SEÑORES…la más ALTA responsabilidad que la Constitución le IMPONE con categoría de MANDATO al Ministerio Público; y la garantía constitucional de seguridad jurídica IRRENUNCIABLE que TODO ciudadano posee en su favor.

De lo anterior deviene el principio jurídico penal de “PRESUNCIÓN DE INOCENCIA” y la máxima jurídica de que “NADIE es culpable sino hasta que así lo determine la sentencia DEFINITIVA emitida por un Juez”.

El ciudadano NÓ puede ser sentenciado por el delito por el que se le acusa SI EL MINISTERIO PÚBLICO nó acredita PLENAMENTE el delito por el que acusa o NÓ DEMUESTRA la plena responsabilidad penal de dicho acusado en la comisión de tal ilícito.

Incluso, es tan determinante el anterior DEBER que tal garantía de exacta aplicación de la ley penal IMPONE al Ministerio Público en la Constitución, qué aún cuando el juez advierta deficiencias probatorias o técnicas jurídicas en la ACUSACIÓN del ministerio público, la propia Constitución LE PROHIBE al juez que las SUBSANE, pues tal proceder lo ubicaría como juez y acusador simultáneamente ROMPIENDO con TODOS los principios que a nivel de garantías individuales consagra la Constitución a favor de TODOS los ciudadanos.

Ése es el fondo del tema de las constantes y aberrantes violaciones que COTIDIANAMENTE se cometen en la PROCURACIÓN de justicia, y del que debiéramos ocuparnos hasta ERRADICARLO, pues es EL POR QUÉ del desencanto y la perdida de confianza del ciudadano mexicano en las instituciones de JUSTICIA del país. 

Con el reclamo de la CASSEZ, se preguntaron y se siguen preguntando, nó pocos periodistas en los medios de comunicación…

“¿Cuántos mexicanos, inocentes o culpables, han padecido una farsa policiaca y ministerial, similar al que ésa mujer denunció?”

Les contesto… ¡Miles!, Sí…miles; y en todo el territorio nacional.

Pero nó, como todas ellas han sido y siguen siendo en perjuicio y agravio de mexicanos, pareciera que por esa circunstancia no importan a los medios masivos de comunicación ni a las organizaciones sociales ciudadanas, así sean de alto impacto.

Solo aludo a una, y pregunto… ¿Alguien recuerda yá, que la misma clandestina retención y trato similar de tortura que señala y reclama la CASSEZ…señalaron los presuntos responsables de las granadas de Morelia?

Nó, pero como esos son simples mexicanos…incluso yá “sentenciados” de antemano por el propio gobierno mexicano cuyo presidente además desde el momento de ser detenidos afirmó que son narcotraficantes NÓ existe nadie que los proteja o exija se les someta a un DEBIDO proceso donde se les respete el principio universal de “presunción de inocencia” hasta en tanto nó se les demuestre mediante SENTENCIA CONDENATORIA emitida por un Juez, lo contrario… y como ellos, hay MILES de casos en nuestras cárceles.

Y ahí se pudren ésos seres…en el olvido… 


EL SISTEMA político de gobierno…ES LA IMPUNIDAD.

La causa por la que EN MÉXICO vivimos inmersos en la mediocridad, ineptitud y corrupción de funcionarios, CAUSAS generadoras diréctas de la IMPUNIDAD que padecemos en TODOS los rubros de las políticas públicas NÓ ÉS porque carezcamos de Leyes donde existan claramente definidos los deberes, facultades y SANCIONES para todos y cada uno de los funcionarios y gobernantes que tienen EL DEBER de desempeñar sus cargos A FAVOR de la ciudadanía de forma docta, eficiente, expedita, imparcial y transparente; y de las penas justas que SE DEBEN imponer al gobernado que incurre en la comisión de algún hecho antisocial sancionado por la ley.

La causa REAL generadora de la indignante IMPUNIDAD que lacera a México, es el inmenso poder destructor que produce el SISTEMA CORRUPTO DE COMPLICIDADES que rige las designaciones y nombramientos DE LOS FUNCIONARIOS que detentan la titularidad de los distintos órganos e instituciones que nos gobiernan, o que determinan en los casos concretos de procuración de justicia, el resultado de tal o cual “investigación”.

La incondicionalidad, complicidad y amiguismo que identifican ése SISTEMA, son las constantes que determinan que tal o cual sujeto sea AGRACIADO con tal o cual nombramiento,la capacidad, experiencia, honestidad e independencia que GARANTICEN capacidad, imparcialidad, honestidad, independencia y eficiencia en el desempeño del cargo.  

Tampoco es la imparcialidad, interés social y aplicación estricta de la ley, y conforme a la realidad de la verdad histórica de los hechos que causaron el suceso “investigado” la razón por la que se dá tal o cual “resultado” en la solución judicial de los asuntos sensibles y de alto impacto político, económico o social; sino la consigna, la coyuntura política o el compromiso de grupo.

La élite política, gubenamental y sus incondicionales, MUTUAMENTE se protegen, se justifican y se “auto legitiman” VIOLANDO la Ley y llegando incluso en los casos extremos A REFORMARLA, para “legitimar” sus torcidos intereses.

Vivimos pués en una sociedad originariamente corrompida por SISTEMA.

Ergo; en tanto en México NO DESMONTEMOS ése perverso SISTEMA de complicidades, NO abriguemos tampoco la insulsa esperanza de que el vislumbramiento ocasional de alguna “desbalagada” golondrina…hará verano.

Por todo lo anterior, la imperiosa y urgente necesidad de una profunda REFORMA a los nombramientos y funciones del SISTEMA PRESIDENCIAL, de gobernadores y presidentes municipales, y de las instituciónes administrativas, de procuración de justicia y de seguridad del Estado, bajo su mando.

No es pesimismo; es realismo.



miércoles, 6 de octubre de 2010

LA Ley de Extinción de Dominio…prostituye la Justicia Penal Mexicana.

Soy de quienes aseguro que las iniciativas de las Leyes DE EXTINCIÓN DE DOMINIO y del combate al NARCOMENUDEO Y DROGADICCIÓN requieren de una profunda revisión por el Congreso.

Luego me ocuparé de la Ley del narcomenudeo;

La ley de Extinción de dominio ROMPE con la garantías constitucionales como la de presunción de inocencia del ciudadano.

También viola la Constitución al revertir la carga de la prueba al detenido y a los terceros que mantengan relaciones familiares, civiles, comerciales o mercantiles con el detenido; contempla además en perjuicio de ése detenido y los terceros, una verdadera CONFISCACIÓN de todos los bienes del PRESUNTO delincuente, de sus dependientes e incluso de los de terceros ajenos que use, SIN la necesidad de que previamente el Juez los declare CULPABLES del delito.

¡¡ Aberrante!!

En efecto; a todos ellos, ése engendro extranjero de Ley, los obliga a DEMOSTRAR la legalidad de sus pertenencias; deber probatorio de ILEGALIDAD en su caso, que por mandato Constitucional és al Ministerio Publico a quien compete demostrar.

Pero hay algo más en la que hasta ahora nó se ha reparado.

La referida Ley extranjera DE EXTINCIÓN DE DOMINIO es realmente una copia promovida por Estados Unidos derivada de la que en aquel país y luego en Colombia por imposiciones de él, desde épocas atrás se aplica. PERO AQUÍ en México se implementó sin un complemento distintivo y característico de la Justicia Estadounidense…

Que, en la LEY DE EXTINCIÓN que se aprobó en México, nó se contiene el principio de PACTAR CON EL DELINCUENTE qué En Estados Unidos contempla la misma Ley que se aplica en aquel país.

En efecto, el gobierno de ESTADOS UNIDOS en la aplicación de ésa misma Ley, entre otras muchas peculiaridades que aquí en México se le cercenaron, negocia con los narcotraficantes el regreso de los bienes a cambio de que el detenido les dé INFORMACIÓN sobre otros delincuentes, transformándose ése delincuente negociante, en verdadero narcotraficante encubierto; convirtiéndose de tal suerte para efectos prácticos en lo que en México conocemos como “dedo”, “infiltrado” o “madrina”.

Como se vé pués, la “cultura” jurídica extranjera contenida en ésa Ley, que ninguna NECESIDAD REAL existe en México de tenerla para la persecución del narcotráfico en nuestro país, vino a trastocar y prostituir TODO el sistema judicial penal mexicano establecido.

¿Estamos consientes de todo eso los ciudadanos, gobernantes y políticos mexicanos?

Estoy cierto…QUE NÓ.

lunes, 4 de octubre de 2010

La PROCURACIÓN DE JUSTICIA…y los delitos de Violación, Secuestro y Narcotráfico.


La trilogía delictiva socialomente más impactante está conformada por los delitos de: Violación, Secuestro y Narcotráfico.

Y puntualizo: La VIOLACIÓN y el SECUESTRO son los dos delitos, socialmente MÁS despreciables y abominables puesto que a las víctimas les destruyen psíquicamente para siempre, irreversiblemente, sus vidas, y a sus familias les afectan para siempre la armonía, el autoestima y su sentido de seguridad y tranquilidad.

El no avance social en el combate a ésos ilícitos, lo observo impedido, por dos factores:

A).- Uno, Genérico. La Procuración de Justicia; Por el sistema político en el que está creada en México está viciada de origen porque, el Ministerio Público NÓ es el Representante Social que Debiera ser, ni la Institución es de buena fé, como dice la ley que debe ser.
               
No se solucionará la anterior aberración, hasta que EL SISTEMA político, REFORME la designación de los Procuradores de Justicia y deje ésta de ser… Facultad del Presidente y Gobernadores.

Ése hecho es el que tiene en México prostituida y politizada en perjuicio de la sociedad a tan noble Institución.

Desde 1845 yá, el ilustre ANSELMO PETETÍN desde Francia se lamentaba:

“…en el ejercicio de acusador público se descubre algo sublime, y aún, me atrevo a decir, religioso; de suerte que no hay que admirarse de que no lo hayan comprendido los individuos que lo ejercen, ni el poder que lo encarga…nada está más distante del gran pensamiento de donde ha nacido la institución del Ministerio Público, que el modo como se realiza y aplica entre nosotros. Esto dimana, sin duda alguna, de la falsa idea que tienen de su misión los que están encargados de desempeñarla…”.

Ya hemos expuesto en anterior ocasión, en éste mismo BLOG nuestra visión de solución al respecto.

B).- Otro, específico. Cada uno de los delitos de violación, secuestro y narcotráfico, en su persecución, padecen de un vicio particular de fondo que los contradice.

1).-El vicio específico del que adolece la persecución del delito de VIOLACIÓN és, que la represión de él en la Legislación, obedece más a las coyunturas derivadas de las políticas y presiones internacionales, y moralinas sectarias del partido gobernante en turno, que a una verdadera vocación social y política por condenarlo.

Basta solo consultar las declaraciones de funcionarios de alto nivel gubernamental, educativo y religioso.

¿Ejemplos recientes indicativos?:

Lo sucedido en Guanajuato en relación al beso, trato y vestir de las mujeres; El encarcelamiento en ése mismo estado de decenas de mujeres violadas, por el solo hecho de pedir asistencia para Abortar, y por el contrario, la laxitud en el castigo a violadores; Las declaraciones del Rector de la Universidad de estado de Sinaloa en cuanto a que, son las mujeres las culpables de los ataques sexuales por su forma impropia de vestir; y, las similares expresiones de altos jerarcas eclesiásticos, avalados en la última convención mundial católica sobre la familia celebrada en la ciudad de México.

2).-El vicio específico del que adolece el delito de SECUESTRO que impide su combate eficaz és, que el 95% de ésos delitos se cometen por los propios Cuerpos Policiacos y funcionarios de seguridad; diréctamente ó, como coparticipes y encubridores de los secuestradores.

Abortan el operativo o detienen a tal o cual secuestrador solo por coyuntura política mediática, o cuando por el alto impacto social o político, les resulta impropio continuarlo.

3).-El vicio específico en la persecución de los delitos del NARCOTRÁFICO que permite a muchos cometerlo impunemente és qué, contrario a lo que los políticos y gobernantes afirman diariamente en sus discursos, la Ley, SÍ PACTA CON LOS DELINCUENTES confesos y hasta los premia.

Veamos si nó…

El artículo 35 de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada ORDENA en lo que ahora interesa, lo siguiente:

“ART.-35.-El miembro de la delincuencia organizada que preste ayuda eficaz…podrá recibir los beneficios siguientes:…”

Pués bien, esos beneficios que son los que FUNDAMENTALMENTE han creado en México la despreciable casta de los DELINCUENTES pomposamente llamados “Testigos Protegidos” que han prostituido la procuración e impartición de justicia en México, van desde…

Nó usar en su contra ninguna prueba y evidentemente nó acusarlo de los delitos de narcotráfico que cometió, hasta imponerles una pena pequeña; reducirles, si ya están sentenciados, la pena impuesta a una pequeña; y, hasta darles protección y cuidarlos.

Acaso… ¿no es éso, pactar la Ley, con el delincuente narcotraficante organizado?

PROCURACIÓN DE JUSTICIA EN MÉXICO…Politizada, partidizada y estadounizada.

La Procuración de Justicia en México se practica con criterio NÓ SOCIAL sino…Político, partidista, coyuntural y Extranjerizado.

Nó Señores no exagero; qué más diera por que así fuera y ver que está rescatada la dignidad judicial de nuestro País.

Ésta es la Aberrante realidad. Todo empieza desde la designación del Procurador.

Al Procurador –que es el responsable, el detentador DEL MONOPOLIO de investigar y perseguir los delitos y consignar al Juez a los presuntos delincuentes– SE LE ELIGE, con criterio de CONVENIENCIA POLÍTICA amiguismo o compadrazgo, y siempre y cuando sea aprobado SÍ… ¡Por Estados Unidos!...

Poco importa si el designado tiene verdadera capacidad y experiencia acreditadas Jurídico Penal ó criminológica, y si la sociedad mexicana lo aprueba o nó.

Lo determinante és…¡Que sea aprobado por Estados Unidos!; ¿lo dudan?...

Les comparto solo UNA PRUEBA de las muchas que se pueden consultar en los anales de nuestra historia nacional:

El siguiente, es un extracto del discurso del entonces gobernador de Chiapas PABLO SALAZAR MENDIGUCHÍA al inaugurar unas oficinas de la Fiscalía General del Estado el día 4 de agosto del 2006, de la forma en que DECIDIÓ nombrar a su Procurador del Estado, MARIANO HERRAN SALVATI, ahora preso.

Lo transcribo en lo esencial y Textual:

“…perdóname Mariano, no me quise conformar. Logré que el embajador de Estados Unidos en México “me invitara un día a desayudar a su casa y entonces, yo ahí quería cerrar el círculo. Embajador, ¿cómo “ven los Estados Unidos a quien fue durante estos años el zar antidrogas Mariano Herrán? Me dijo: El “mejor que ha tenido México. (Te lo digo como me lo platicó, como respondió). Me dijo: Es un área muy “complicada y Mariano Herrán cruzó el pantano y no se manchó; en Estados Unidos tenemos un gran “respeto por su trabajo. Entonces ya no me quedaba duda…”.

Y, en efecto; así, aquel Gobernador designó a su Procurador…

¿Y, los ciudadanos chiapanecos fueron consultados?...

¿ En la Procuración de Justicia, a quien le importa la OPINIÓN, mucho menos la APROBACIÓN o NÓ, no solo los Chiapanecos, sino de TODOS los Ciudadanos mexicanos?.

Ésta Circunstancia anterior es la que nos explica el por qué, los Procuradores y Ministerios Públicos tiemblan, persiguen, investigan y dan prioridad SOLO a los asuntos que importan a los intereses de Estados Unidos.

Explica, el por qué, los “testigos protegidos” son las “PRUEBAS” por excelencia aplicados en las “investigaciones” de la PGR.

Institución probatoria de “testigos protegidos” que NÓ es creación mexicana, sino creada en Estados Unidos e IMPUESTA por ellos a los débiles y entreguistas gobernantes mexicanos a partir de 1997 con la Titularidad en la PGR del inepto ANTONIO LOZANO GRACIA, quien se ubicó como el “gestor” de los intereses estadounidenses IMPULSANDO la propuesta, aprobación y vigencia de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, perfectamente calificada por el Ex Procurador Penalista y doctor en Derecho SERGIO GARCÍA RAMIREZ, como “El hijo de Rouse Mary” aquel engendro demoniaco tema de una Película de horror.

Podríamos comentar muchos más aspectos sobre la ABERRANTE procuración de justicia que padecemos, y que EXPLICAN por qué la razón de ser y existir de las aberraciones como el ahora tan llevado y traído “MICHOACANAZO”, pero el respeto a éste espacio nos indica no abusar de él.


GUERRA y SEGURIDAD PÚBLICA…Son dos mundos diferentes Sr. Presidente.

Decir una verdad incompleta o nó decirla…es lo mismo que mentir.

Respetable sí, pero discutible, muy discutible la perspectiva de la lógica operativa que EL PRESIDENTE CALDERÓN desarrolla en su GUERRA contra el narcotráfico –según lo dijo al inicio– y ahora, contra la Delincuencia Organizada, según lo afirma en sus últimas arengas, dentro de nuestro territorio nacional.

UNA COSA ES la técnica operativa social de la guerra, Y OTRA MUY DISTINTA la técnica operativa social de Seguridad Pública. Trátese del tipo de delincuentes de que se trate y del “poder” o modus operandi que empleen en la comisión de sus ilícitos.

Ahí, en ésa anterior confusión u omisión generalizada en las instituciones y estrategias del gobierno y en la inmensa mayoría de los analistas que leo, és donde se materializa uno de los elementos que EXPLICA el fracaso de su “GUERRA”, que en estricto RESPETO al órden jurídico Constitucional y penal establecido, solo DEBIERA ser…COMBATE a la delincuencia

Pero al objetivo del narcotráfico que el presidente dice “GUERREAR”, prefiero llamarle “Mercado Económico Trasnacional Ilícito de las Drogas”, que és el término que con mayor propiedad define, explica e identifica la ilícita actividad del narcotráfico.

En efecto; ésa “GUERRA” debió partir del conocimiento claro y cierto de qué…el narcotráfico NÓ ES un caso meramente de delincuentes mexicanos.

És, SÍ; un inmenso marasmo globalizado de individuos e interéses económicos, políticos y gubernamentales de TODO el mundo…QUE LO CONFORMAN; y que –aprovechando circunstancias de altos grados de inexperiencia, ineptitud, infiltración, complicidad y entreguismo de funcionarios del ACTUAL gobierno mexicano– AHORA, se encuentran operando en México en búsqueda del control TOTAL de la ÚNICA ruta terrestre de ingreso de ésos Ilícitos productos de drogas fundamentalmente la COCAÍNA, (De la marihuana ellos, ESTADOS UNIDOS, con sus más de DIEZ MIL toneladas métricas anuales, son yá el PRIMER productor en el mundo) al mercado más rentable y beneficiario del mundo, Estados Unidos.

Ésos grupos delictivos de interés extranjero TRASNACIONAL, SON también los que, EN REALIDAD, se encuentran afanosamente participando diréctamente en los sucesos criminales que se escenifican en nuestro suelo nacional.

Nuestro Ejército Nacional, está siendo irresponsablemente desgastado por el gobierno, al responsabilizársele de una función que ní filosófica ní Constitucionalmente es la suya, por nó tomarse la determinación de cambiar a tres titulares que nó han respondido con la capacidad que el problema exige: La PGR. LA SSPF. Y EL CISEN.

Con ello, a nuestro Ejército, lo están haciendo pagar un altísimo e irreparable costo, al enfrentarlo con el pueblo sin decírsele a la sociedad mexicana la verdad.

Que la lucha és, no solo contra delincuentes nacionales sino –y con participación más sustantiva– CONTRA CÉLULAS DE NARCOTRAFICANTES Y OPERACIONES POLÍTICAS EXTRANJERAS ENCUBIERTAS impulsados, subsidiados, armados y controlados desde el extranjero.

Ahí se inscriben las existencias de los criminales sanguinarios como el mercenario de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, “LA BARBIE” y muchos otros más que –por confesiones propias de las al menos 17 “Agencias Contratistas” estadounidenses que admiten estar OPERANDO en México– SON los verdaderos artífices de las MILES de sanguinarias ejecuciones de mexicanos en los más de TRES años de gobierno del actual sexenio.

Por éso su poderío en el Armamento y el constante e impune flujo de él, al territorio de México.

Y el ejecutivo federal mexicano, nó se vé por donde muestre rectificación de su genocida y antisoberano error.

Lic. Pedro García Palazuelos.


CAMINOS...de un Abogado penalista...

CIUDADES de donde nos visitan... ¡Un abrazo!

Lugar de residencia de este Blog...

Visitantes...

Regla única de este Blog...

En este Blog, puedes OPINAR lo que desees…y quedará PUBLICADO. Incluso, reclamar o señalar al titular de este Blog cualquier cosa que sostengas como TU verdad. SOLO un elemento se requiere… Que te IDENTIFIQUES con TU nombre y apellidos REALES…como YO lo hago contigo. Por mi formación jurídica-humana y social, soy de la CONVICCIÓN de que el “ANÓNIMO” es RUÍN y COBARDE…y en el más benigno de los casos, alguien timorato o sin libertad de espíritu…y en consecuencia, aquí NO interesa su opinión, y de inmediato será borrada...

PAÍSES que han visitado este Blog...

Importante...

Todos los VIDEOS que en éste BLOG se proporciona su visualización, provienen y están alojados en un servidor de terceros que no son operados ni controlados por el BLOG de Pedro García Palazuelos. Éste BLOG, no aloja ni es responsable de los puntos de vista ni del contenido de estos videos, aún cuando podamos compartir en mucho, más en todo, sus puntos de vista. Estos videos podrían estar protegidos por derechos de autor, y su acceso, visualización y uso, podrían requerir la autorización del dueño de esos derechos. El hecho de que éste BLOG proporcione estos videos como resultado de una búsqueda para efectos didácticos y de cultura cívica general no lucrativos, no significa que está otorgando esa autorización.